¿Qué es subsanación de expedientes?
La Ley 12/2015, de 24 de junio, conocida popularmente como la ley de nacionalidad española para los sefardíes, daba la opción de lograr la nacionalidad española por la comprobación del origen sefardí en territorio español como una manera de resarcir las injusticias cometidas contra esa comunidad a finales del siglo XV. Por eso, la concesión de la nacionalidad requiere que se justifique la condición de sefardí originario de España y la especial vinculación con ese país.
La condición de sefardí originario de España se acreditará por los siguientes medios probatorios:
a) Certificado expedido por el Presidente de la Comisión Permanente de la Federación de Comunidades Judías de España.
b) Certificado expedido por el presidente o cargo análogo de la comunidad judía de la zona de residencia o ciudad natal del interesado.
c) Certificado de la autoridad rabínica competente, reconocida legalmente en el país de la residencia habitual del solicitante.
Puede darse la circunstancia de que el certificado obtenido no cumpla con estas condiciones establecidas en la ley. En ese caso, lo más probable es que la solicitud de nacionalidad sea denegada.
Sefar Universal, apoyándose en su equipo de genealogistas, paleógrafos e historiadores, ofrece el servicio de Subsanación de Expedientes con la finalidad de corregir aquellas Actas de Notoriedad que han ingresado al Ministerio de Justicia de España sin el Certificado Judío Sefardita emitido por la Federación de Comunidades Judías de España, o bien el certificado emitido por la comunidad israelita del país de origen o por el Rabino de la ciudad de residencia, tal como lo establece la Ley de Nacionalidad Española por origen Sefardí 12/2015.
¿Por qué es importante subsanar tu expediente?
Porque de no adjuntar el Certificado Judío Sefardita emitido por la Federación de Comunidades Judías de España, o bien el certificado emitido por la comunidad israelita del país de origen o por el Rabino de la ciudad de residencia, tal como lo establece la Ley de Nacionalidad Española por origen Sefardí 12/2015, la solicitud de la nacionalidad española por origen sefardí será denegada. Una vez denegada la solicitud, la subsanación tendrá que hacerse a través de recurso de alzada, incrementando los costos de la misma