Es de común conocimiento que en consecuencia de la modificación del
Decreto Ley 30A/2015, tras publicarse el Decreto Ley 23/2022, entrado en vigor el primero de septiembre del año anterior, los solicitantes que formalicen su expediente de nacionalidad portuguesa por origen sefardí posterior a la fecha mencionada anteriormente, necesitan demostrar un vínculo adicional, efectivo y permanente con Portugal.
Por consiguiente, si usted se encuentra en esta situación, en Sefar Universal, abogados y genealogistas, ponemos a su disposición nuestra red de profesionales para ofrecerle las soluciones que necesita.