Nacionalidad Española por Ley de Memoria Democrática

Finalidad: El objeto de la ley es el reconocimiento de quienes padecieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas, de pensamiento u opinión, de conciencia o creencia religiosa, de orientación e identidad sexual, durante el período comprendido entre el golpe de Estado de 18 de julio de 1936, la Guerra de España y la Dictadura franquista hasta la promulgación de la Constitución Española de 1978, así como promover su reparación moral y la recuperación de su memoria personal, familiar y colectiva, adoptar medidas complementarias destinadas a suprimir elementos de división entre la ciudadanía y promover lazos de unión en torno a los valores, principios y derechos constitucionales.

SUPUESTOS

1er Supuesto: La Adquisición de la nacionalidad española.
Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia, renunciaran a la nacionalidad española, podrán optar a la nacionalidad española, a los efectos del artículo 20 del Código Civil. Esta declaración deberá formalizarse en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley.

2do Supuesto: Darle continuidad a la ley 52/2007 “Ley de Memoria Histórica” o “Ley de Nietos”

La ley 52/2007, de 26 de diciembre, sigue siendo un texto plenamente válido, aunque, tras más de trece años de vigencia, se ha puesto de relieve la necesidad de su reforma para alcanzar sus objetivos. Quedan cuestiones pendientes en este ámbito de la protección de las víctimas de la guerra y el franquismo a los que esta nueva norma pretende dar respuesta. Cuestiones pendientes y de especial importancia que han sido, además, puestas de manifiesto por distintos organismos internacionales en el ámbito de los derechos humanos

Adquisición de la nacionalidad para los hijos mayores de padres que recuperaron la nacionalidad por la ley 52/2007. Y que se consideran originarios y no como se establece por opción.

3er Supuesto: Reivindicación de las mujeres españolas que desempeñaron un papel singular, por ser sujetos activos en la vida intelectual, profesional, política y sindical de nuestro país. Durante la guerra y la dictadura, las mujeres sufrieron humillaciones, vejaciones, violaciones, persecución y pérdida de la nacionalidad por contraer matrimonio con extranjeros.

Recuperación de la nacionalidad española por Inscripción fuera de plazo post mortem.