Los antecedentes penales tendrán la vigencia que el mismo documento indique, deben ir dirigidos al Ministerio de Justicia del reino España, y en el caso que el documento no especifique la vigencia, a los efectos de España tendrán una vigencia de seis meses, contados a partir de la fecha de la expedición del documento, que no es necesariamente la fecha en la que se apostilló.
Dicho certificado debe estar vigente para el momento de la firma en la notaría.