Nacionalidad Portuguesa por origen Sefardí

Esta opción ha estado disponible desde la publicación del decreto nº 30-A/2015 aprobado por el gobierno portugués el 27 de febrero del año 2015. En esta normativa se facilita a todas aquellas personas que demuestren tener ascendencia sefardí, la tramitación de la nacionalidad portuguesa, con independencia de su residencia o no en territorio portugués.

Sefar Universal prestará el servicio integral para la obtención de la certificación ante la Comunidad Israelita de Lisboa (CIL) o la Comunidad Israelita de Oporto (CIP), así como los trámites jurídicos posteriores necesarios para adquirir la nacionalidad portuguesa por origen sefardí.

Siendo esta una nacionalidad concedida de origen la persona beneficiada se considerará como si hubiese sido portuguesa desde su nacimiento, con todas las ventajas que esta condición puede brindar a sus familiares para igualmente gozar de la obtención de la nacionalidad portuguesa.

Ventajas


  • La ley portuguesa no exige que el aplicante hable o conozca el idioma portugués y no requiere que se haga un examen de idioma ni de cultura.

  • No se requiere que la persona viaje a Portugal a firmar el acta de notoriedad. Todos los trámites que deben hacerse en Portugal pueden realizarse mediante poder a través de los abogados de Sefar Universal.

  • La ley no tiene fecha de caducidad, lo que implica que las personas van a poder realizar este trámite cuando deseen sin preocupaciones adicionales por la limitación del tiempo.

  • No es necesario tener ascendencia portuguesa

  • Todos los casos que apilcan por España también lo pueden hacer por Portugal