En principio hay que saber que Estados Unidos de América y España tienen suscrito convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, el cual aplica respecto al impuesto sobre la renta y sobre las sociedades, no así respecto al impuesto patrimonio y los impuestos indirectos de cada país. Con función a la aplicación de este convenio se determinará dónde y cuánto se paga o en todo caso cómo proceder (las llamadas, “reglas de desempate”).